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Unión Europea · Mercados globales

Entrada al mercado de la UE: legislación química (REACH)

Legislación química — no incluida en el CE, pero afecta a casi todos los productos.

Mercado
Unión Europea
Sitio
Europeo
Marca
REACH

01¿Qué es?

REACH es un reglamento horizontal que regula el registro, la evaluación, la autorización y la restricción de sustancias químicas en la UE. No está dentro del ámbito del marcado CE, pero afecta a casi todos los productos.

02¿Por qué existe este esquema?

El régimen de registro, evaluación, autorización y restricción de sustancias químicas se creó para remediar una debilidad estructural de la legislación química anterior. Bajo el antiguo régimen, solo las sustancias NUEVAS estaban sujetas a notificación y evaluación; decenas de miles de sustancias ya presentes en el mercado antes de una fecha determinada no habían pasado por ninguna evaluación sistemática. Es decir, había menos datos sobre las sustancias más utilizadas.

La solución del nuevo régimen fue invertir la carga de la prueba: la responsabilidad de generar datos pasó de la autoridad a la INDUSTRIA. "Sin datos no hay mercado" es la expresión breve de esto; la parte que fabrica o importa una sustancia por encima de determinados umbrales de tonelaje está obligada a registrarla y presentar datos de uso seguro.

El régimen hace funcionar cuatro mecanismos en conjunto. El registro garantiza que se presenten datos según el umbral de tonelaje. La evaluación es el examen de expedientes y sustancias por la autoridad. La AUTORIZACIÓN somete el uso de sustancias extremadamente preocupantes a un permiso específico. La RESTRICCIÓN prohíbe directamente ciertas combinaciones de sustancia y uso o las limita mediante un umbral.

Para un fabricante de productos, los mecanismos que entran en juego con más frecuencia son las restricciones y el deber de comunicar información. Las restricciones también se aplican a los artículos: ciertas sustancias no pueden estar presentes en un producto por encima de determinados umbrales. El deber de comunicar exige dar información a la cadena de suministro y, si se solicita, a los consumidores respecto de un artículo que contenga una sustancia extremadamente preocupante por encima del umbral.

La lista candidata se actualiza periódicamente y esto mantiene el régimen en movimiento: un producto conforme hoy puede quedar sujeto al deber de comunicar cuando se añade una nueva sustancia a la lista. Por ello, las declaraciones de la cadena de suministro son registros que se renuevan periódicamente en lugar de obtenerse una vez y archivarse.

03¿Responsabilidad de quién?

La obligación varía según el rol: el fabricante o importador de una sustancia la registra; el productor e importador de un artículo están obligados a hacer la notificación de SVHC, la notificación SCIP y a cumplir las restricciones del anexo XVII. Un fabricante fuera de la UE puede asumir la obligación de registro designando un único representante (Only Representative) establecido en la UE.

04Documentos requeridos

  • Un inventario de los componentes y materiales del producto
  • Declaraciones de sustancias de los proveedores
  • Evaluación del contenido de SVHC e informes de análisis
  • El registro de la notificación SCIP
  • La ficha de datos de seguridad (para sustancias y mezclas)
  • El acuerdo con el representante único (cuando se haya designado)

05Proceso

  1. 01Determinación del alcanceSe determina bajo qué legislación y alcance de marcado se encuentra el producto en el mercado objetivo. Este paso determina todo el proceso; un error aquí desperdicia todo el trabajo posterior.
  2. 02Determinación de las normas aplicablesSe identifican las normas aceptadas por el mercado y cualquier desviación nacional. La misma norma IEC puede aplicarse con diferentes desviaciones en distintos mercados.
  3. 03Elaboración del plan de pruebasSe evalúa qué parte de los informes de prueba existentes será aceptada; se planifican las pruebas faltantes. Un informe del Esquema CB, si existe, reduce la repetición de pruebas.
  4. 04Parte local y registroSi el mercado requiere un representante establecido, importador o solicitante, se designa esta parte y se realizan los registros necesarios.
  5. 05Pruebas y expediente técnicoSe realizan las pruebas y se prepara el expediente técnico. Algunos mercados exigen que la prueba se realice en su propio país.
  6. 06Certificación o declaraciónSegún el régimen del mercado, se elabora una declaración del fabricante o se obtiene un certificado del organismo autorizado; se realiza una auditoría de fábrica si es necesario.
  7. 07Marcado y etiquetadoLa marca y la etiqueta se aplican según las normas de formato e idioma del mercado. El requisito de idioma se verifica en aduanas en la mayoría de los mercados.
  8. 08Envío y aduanasSi se requiere un documento previo al envío, se obtiene; se completa el conjunto de documentos a presentar en aduanas.

06Puntos a tener en cuenta

  • La lista de sustancias candidatas SVHC se actualiza periódicamente y debe vigilarse
  • El umbral del 0,1 % se calcula no sobre el producto en su totalidad, sino sobre cada artículo
  • REACH no está dentro del ámbito del CE, pero los productos con marcado CE también están sujetos a él
  • Designar a un representante único no es obligatorio, pero reduce la carga de los clientes

07Esquemas afines y la diferencia

  1. 01REACH y RoHSRoHS limita determinadas sustancias en productos eléctricos mediante un umbral de material homogéneo; REACH se extiende a todos los productos y crea deberes de registro, autorización, restricción e información.
  2. 02REACH y el régimen de clasificación CLPCLP regula la clasificación, el etiquetado y el envasado de sustancias y mezclas; REACH es un régimen de registro y restricción. La ficha de datos de seguridad se sitúa en la intersección de ambos.
  3. 03REACH y la legislación de COPLos contaminantes orgánicos persistentes están prohibidos por una legislación aparte; la lista de restricción de REACH no los cubre y ambas listas se comprueban por separado.
  4. 04REACH y los regímenes químicos de otros mercadosMuchos mercados han establecido regímenes de registro similares, pero las listas, umbrales y reglas de tonelaje difieren; un registro de la UE no es válido en otro mercado.

08Detalle del esquema

Esta página describe la entrada al mercado de Unión Europea. El propio esquema — su alcance, proceso, período de validez y documentos requeridos — se detalla en la página de certificación.

Certificación de Cumplimiento de la Legislación Química (Cumplimiento REACH)

09Otras marcas en el mercado de Unión Europea

10Preguntas frecuentes

¿El umbral del 0,1% se calcula sobre todo el producto?

No. Conforme a la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, el umbral se calcula por separado para cada artículo que compone un producto complejo. Prorratearlo sobre el peso total del producto es una práctica extendida pero incorrecta.

El calendario de certificación varía según el producto, la carga de pruebas requerida, el tiempo de envío de muestras y la carga de trabajo de la autoridad; por ello, en estas páginas no se indica una duración en días o semanas. Los principales factores que determinan el calendario son: si la prueba debe realizarse en el país de destino, si se requiere una auditoría de fábrica, el tiempo para designar un representante local y la madurez actual del expediente técnico. En la etapa de presupuesto se proporciona por escrito un calendario realista para su producto.

Los regímenes de acceso al mercado cambian con frecuencia: se actualizan las listas de alcance, se amplían los períodos de transición, se añaden nuevos requisitos. Estas páginas describen la estructura del régimen y quién tiene la obligación; el alcance y las fechas aplicables a su producto se confirman a partir del texto legislativo vigente en la etapa de presupuesto.

Unión Europea · REACH hoja de ruta para

Cuéntenos sobre su producto; le compartiremos por escrito los pasos, documentos y calendario necesarios.

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