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Unión Europea · Mercados globales

Entrar en el mercado de la UE: Productos de Construcción (CPR)

Reglamento de productos de construcción — la Declaración de Prestaciones (DoP) es obligatoria.

Mercado
Unión Europea
Sitio
Europeo
Marca
CPR

01¿Qué es?

El Reglamento de Productos de Construcción garantiza que el rendimiento de los productos de construcción se declare en un lenguaje técnico común. Su diferencia respecto a las demás normativas CE es que no garantiza que el producto sea seguro, sino que su rendimiento se declare correctamente.

02¿Por qué existe este esquema?

El régimen de productos de construcción difiere de las demás normativas de producto de la UE en un punto fundamental, y sin comprenderlo el resto de esta página se lee mal: aquí la legislación no exige que el producto sea SEGURO sino que se DECLARE SU RENDIMIENTO.

La razón es el límite de competencia. La seguridad de una obra es materia de la normativa nacional de construcción, y los Estados miembros no transfirieron esa competencia: cada país determina por sí mismo qué resistencia al fuego debe tener un muro. La competencia de la UE se limita a la libre circulación del producto. El sistema dice, por tanto, "mida y declare el rendimiento en un lenguaje común" y deja el umbral de aceptación a la legislación nacional.

El nombre de ese lenguaje común es la declaración de prestaciones: las características esenciales del producto se miden y declaran según el método definido en la especificación técnica armonizada. El marcado CE no dice aquí "este producto es seguro"; dice "el rendimiento de este producto es el declarado".

El sistema de evaluación y verificación se escalona según el grupo de producto: para algunos productos el fabricante hace su propia declaración, para otros un organismo notificado audita el control de producción en fábrica y, en el nivel más alto, también certifica el tipo de producto. Se aplica un nivel más estricto a características críticas como el comportamiento frente al fuego.

El control de producción en fábrica es la obligación distintiva de este régimen: los productos de construcción se fabrican en serie y varían entre lotes; por ello un único ensayo de tipo no se considera suficiente, y el control continuo de la producción también cuenta como parte de la declaración.

03¿Responsabilidad de quién?

La obligación recae en el fabricante: se emite una Declaración de Prestaciones (DoP) y el marcado CE se basa en ella. El papel del organismo notificado varía según el sistema AVCP determinado para el producto.

04Documentos requeridos

  • La norma armonizada (hEN) aplicada o el número de ETE
  • Informes de pruebas de tipo inicial (ITT)
  • El manual y los registros del control de producción en fábrica (FPC)
  • La tabla de valores de rendimiento declarados.
  • La Declaración de Prestaciones (DoP)
  • Un ejemplo de etiqueta CE

05Proceso

  1. 01Determinación del alcanceSe determina bajo qué legislación y alcance de marcado se encuentra el producto en el mercado objetivo. Este paso determina todo el proceso; un error aquí desperdicia todo el trabajo posterior.
  2. 02Determinación de las normas aplicablesSe identifican las normas aceptadas por el mercado y cualquier desviación nacional. La misma norma IEC puede aplicarse con diferentes desviaciones en distintos mercados.
  3. 03Elaboración del plan de pruebasSe evalúa qué parte de los informes de prueba existentes será aceptada; se planifican las pruebas faltantes. Un informe del Esquema CB, si existe, reduce la repetición de pruebas.
  4. 04Parte local y registroSi el mercado requiere un representante establecido, importador o solicitante, se designa esta parte y se realizan los registros necesarios.
  5. 05Pruebas y expediente técnicoSe realizan las pruebas y se prepara el expediente técnico. Algunos mercados exigen que la prueba se realice en su propio país.
  6. 06Certificación o declaraciónSegún el régimen del mercado, se elabora una declaración del fabricante o se obtiene un certificado del organismo autorizado; se realiza una auditoría de fábrica si es necesario.
  7. 07Marcado y etiquetadoLa marca y la etiqueta se aplican según las normas de formato e idioma del mercado. El requisito de idioma se verifica en aduanas en la mayoría de los mercados.
  8. 08Envío y aduanasSi se requiere un documento previo al envío, se obtiene; se completa el conjunto de documentos a presentar en aduanas.

06Puntos a tener en cuenta

  • El marcado CE no puede colocarse sin una DoP
  • La suficiencia del rendimiento la deciden las normativas nacionales de construcción
  • El sistema AVCP (1+, 1, 2+, 3, 4) determina el papel del organismo notificado
  • El CE no es obligatorio para un producto sin norma armonizada; se puede optar por la vía ETE

07Esquemas afines y la diferencia

  1. 01El CPR y las demás normativas CEEn otras directivas, el CE declara la seguridad; aquí declara el rendimiento. El umbral de aceptación se encuentra en la legislación nacional de construcción, y el marcado CE no muestra que se cumpla ese umbral.
  2. 02El CPR y la clasificación al fuego según la EN 13501La EN 13501 define con qué letras e indicadores adicionales debe expresarse el rendimiento; la legislación nacional indica qué clase se requiere.
  3. 03El CPR y las aprobaciones nacionalesPara productos sin especificación armonizada está abierta la vía de la Evaluación Técnica Europea; es una vía voluntaria que puede sustituir a las aprobaciones nacionales.
  4. 04El CPR y la fabricación de estructuras de aceroPara componentes estructurales de acero y aluminio, la certificación de producción propia del fabricante (el régimen EN 1090) es un requisito previo de la declaración de prestaciones; el ensayo del producto por sí solo no es suficiente.

08Detalle del esquema

Esta página describe la entrada al mercado de Unión Europea. El propio esquema — su alcance, proceso, período de validez y documentos requeridos — se detalla en la página de certificación.

Reglamento de Productos de Construcción (CPR) y Marcado CE

09Otras marcas en el mercado de Unión Europea

10Preguntas frecuentes

El contenido de esta sección está en preparación. La hoja de ruta específica para su producto y mercado objetivo en la etapa de presupuesto por escrito.

El calendario de certificación varía según el producto, la carga de pruebas requerida, el tiempo de envío de muestras y la carga de trabajo de la autoridad; por ello, en estas páginas no se indica una duración en días o semanas. Los principales factores que determinan el calendario son: si la prueba debe realizarse en el país de destino, si se requiere una auditoría de fábrica, el tiempo para designar un representante local y la madurez actual del expediente técnico. En la etapa de presupuesto se proporciona por escrito un calendario realista para su producto.

Los regímenes de acceso al mercado cambian con frecuencia: se actualizan las listas de alcance, se amplían los períodos de transición, se añaden nuevos requisitos. Estas páginas describen la estructura del régimen y quién tiene la obligación; el alcance y las fechas aplicables a su producto se confirman a partir del texto legislativo vigente en la etapa de presupuesto.

Unión Europea · CPR hoja de ruta para

Cuéntenos sobre su producto; le compartiremos por escrito los pasos, documentos y calendario necesarios.

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