Unión Europea · Mercados globales
Entrada al mercado de la UE: homologación de tipo de vehículos (marcado E)
Homologación de tipo de vehículos y componentes; obligatoria para la matriculación en carretera.
- Mercado
- Unión Europea
- Sitio
- Europeo
- Marca
- E-Mark
01¿Qué es?
El marcado E es el signo que indica la homologación de tipo de los vehículos y de los sistemas, componentes y unidades técnicas independientes de vehículos. Una E dentro de un círculo indica la homologación conforme al acuerdo de la CEPE; una e dentro de un rectángulo indica la homologación de tipo de la UE.
02¿Por qué existe este esquema?
La conformidad de los vehículos y sus componentes sigue una vía jurídica totalmente distinta de la del resto de la legislación de producto, y el motivo es histórico: el sistema de homologación de tipo de vehículos se estableció mucho antes que la legislación de producto de la UE, en el marco de un acuerdo de las Naciones Unidas, y sigue nutriéndose de ese marco hoy en día.
La lógica distintiva de este sistema es la HOMOLOGACIÓN DE TIPO. En lugar de una declaración por producto, una autoridad homologa un TIPO de vehículo o componente; la conformidad de la producción en serie con ese tipo se mantiene después mediante auditorías de conformidad de la producción. Es decir, la homologación se obtiene una vez y la conformidad se supervisa de forma continua.
La segunda característica distintiva es el RECONOCIMIENTO MUTUO: una homologación concedida por la autoridad de uno de los países parte del acuerdo se acepta en los demás países contratantes. El círculo y el número dentro de la marca indican el país que concedió la homologación y el número de homologación. Esto permite acceder a una amplia geografía con una sola homologación y es la mayor ventaja práctica del sistema.
Los objetos de homologación se numeran como reglamentos y cada uno aborda un único aspecto técnico: alumbrado, frenado, acristalamiento, asientos, cinturones de seguridad, ruido, compatibilidad electromagnética, componentes del tren motriz en vehículos eléctricos, etc. Un vehículo debe obtener homologación por separado conforme a cada reglamento que le sea aplicable.
La difusión de los vehículos eléctricos añadió nuevos aspectos a este sistema: la seguridad de alta tensión, la seguridad de la batería y la interfaz de carga obtuvieron cada una su propio reglamento. La ciberseguridad y los sistemas de gestión de actualizaciones de software introdujeron una nueva capa que convierte en condición de la homologación no al producto, sino AL SISTEMA DEL FABRICANTE.
03¿Responsabilidad de quién?
La obligación recae en el fabricante. La homologación la concede la autoridad de homologación de tipo; la evaluación técnica la realizan servicios técnicos designados. Además de la homologación, la obligación de conformidad de la producción (CoP) es permanente.
04Documentos requeridos
- El reglamento de la CEPE o la legislación de homologación de tipo de la UE aplicada
- Informes de ensayo del servicio técnico
- El documento de información
- Disposiciones de conformidad de la producción (CoP)
- El certificado de homologación de tipo y el número de homologación
05Proceso
- 01Determinación del alcanceSe determina bajo qué legislación y alcance de marcado se encuentra el producto en el mercado objetivo. Este paso determina todo el proceso; un error aquí desperdicia todo el trabajo posterior.
- 02Determinación de las normas aplicablesSe identifican las normas aceptadas por el mercado y cualquier desviación nacional. La misma norma IEC puede aplicarse con diferentes desviaciones en distintos mercados.
- 03Elaboración del plan de pruebasSe evalúa qué parte de los informes de prueba existentes será aceptada; se planifican las pruebas faltantes. Un informe del Esquema CB, si existe, reduce la repetición de pruebas.
- 04Parte local y registroSi el mercado requiere un representante establecido, importador o solicitante, se designa esta parte y se realizan los registros necesarios.
- 05Pruebas y expediente técnicoSe realizan las pruebas y se prepara el expediente técnico. Algunos mercados exigen que la prueba se realice en su propio país.
- 06Certificación o declaraciónSegún el régimen del mercado, se elabora una declaración del fabricante o se obtiene un certificado del organismo autorizado; se realiza una auditoría de fábrica si es necesario.
- 07Marcado y etiquetadoLa marca y la etiqueta se aplican según las normas de formato e idioma del mercado. El requisito de idioma se verifica en aduanas en la mayoría de los mercados.
- 08Envío y aduanasSi se requiere un documento previo al envío, se obtiene; se completa el conjunto de documentos a presentar en aduanas.
06Puntos a tener en cuenta
- Sin homologación de tipo no es posible la matriculación ni la venta
- La obligación de CoP es permanente y se audita periódicamente
- Los cambios en el tipo deben notificarse y la homologación debe ampliarse
- El número de homologación de Türkiye es el 37
07Esquemas afines y la diferencia
- 01El marcado E y el CELos vehículos y sus componentes están, por regla general, fuera del ámbito del CE; la homologación de tipo es una vía jurídica distinta. Declarar ambas cosas juntas para el mismo producto es contrario a la estructura.
- 02Homologación de componente y homologación de vehículoUtilizar un componente homologado no garantiza la homologación del vehículo; este obtiene su homologación por separado conforme a sus propios reglamentos. Lo contrario también es cierto: la homologación del vehículo no legitima la venta separada del componente.
- 03Homologación de tipo y piezas de posventaDeterminados elementos entre las piezas de repuesto y los equipos están sujetos a su propio reglamento de homologación; la comercialización de una pieza no homologada está prohibida en algunos casos.
- 04CEM automotriz y CEM generalEn los vehículos y sus componentes, la compatibilidad electromagnética se evalúa conforme a su propio reglamento de homologación de tipo y no a la directiva general de CEM; los montajes de ensayo y los límites difieren.
08Detalle del esquema
Esta página describe la entrada al mercado de Unión Europea. El propio esquema — su alcance, proceso, período de validez y documentos requeridos — se detalla en la página de certificación.
Certificación de Homologación de Vehículos (E-Mark)10Preguntas frecuentes
El contenido de esta sección está en preparación. La hoja de ruta específica para su producto y mercado objetivo en la etapa de presupuesto por escrito.
El calendario de certificación varía según el producto, la carga de pruebas requerida, el tiempo de envío de muestras y la carga de trabajo de la autoridad; por ello, en estas páginas no se indica una duración en días o semanas. Los principales factores que determinan el calendario son: si la prueba debe realizarse en el país de destino, si se requiere una auditoría de fábrica, el tiempo para designar un representante local y la madurez actual del expediente técnico. En la etapa de presupuesto se proporciona por escrito un calendario realista para su producto.
Los regímenes de acceso al mercado cambian con frecuencia: se actualizan las listas de alcance, se amplían los períodos de transición, se añaden nuevos requisitos. Estas páginas describen la estructura del régimen y quién tiene la obligación; el alcance y las fechas aplicables a su producto se confirman a partir del texto legislativo vigente en la etapa de presupuesto.
Unión Europea · E-Mark hoja de ruta para
Cuéntenos sobre su producto; le compartiremos por escrito los pasos, documentos y calendario necesarios.
