¿Qué es la verificación?
El CBAM (Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono) es una normativa de la UE que exige reportar las emisiones incorporadas en la producción de determinados productos importados a la UE y genera un coste correspondiente. Los grupos de productos incluidos son hierro y acero, aluminio, cemento, fertilizantes, electricidad e hidrógeno. No constituye una obligación directa para el exportador, pero genera la obligación de suministrar datos al importador en la UE.
¿Por qué se realiza?
El objetivo es que un fabricante que exporta a la UE calcule sus datos de emisiones incorporadas utilizando el método que exige la normativa, los haga verificar y los presente a su importador. Si no se pueden proporcionar los datos, se aplican valores por defecto, que suelen ser superiores a la producción real.
¿Quién la solicita?
- Fabricantes que exportan hierro y acero, aluminio, cemento y fertilizantes a la UE
- Proveedores a los que su importador de la UE solicita datos de emisiones
- Exportadores que desean prepararse para la ampliación del alcance
- Empresas que desean reflejar el coste del carbono en sus precios
Alcance y límites
- Determinación de si el producto se encuentra dentro del ámbito del CBAM (según la partida arancelaria)
- Definición de los límites de las instalaciones y las rutas de producción
- Cálculo de las emisiones directas incorporadas
- Cálculo de las emisiones indirectas incorporadas (electricidad)
- Inclusión de las emisiones de los precursores
- Selección de la metodología de monitoreo conforme a la normativa
- Evaluación de la calidad de los datos y la infraestructura de medición
- Documentación del precio del carbono ya pagado en el país de origen
- Elaboración del informe de emisiones incorporadas y su verificación
Normas relacionadas
- Reglamento (UE) 2023/956 sobre el CBAM
- ISO 14064-1
- ISO 14064-3
- ISO 14065
Normas relacionadas
- Reglamento (UE) 2023/956 sobre el CBAM
- ISO 14064-1
- ISO 14064-3
- ISO 14065
Proceso de verificación
- 1Aceptación del encargo y alcanceSe acuerda por escrito qué datos se evaluarán, conforme a qué marco de reporte y con qué nivel de aseguramiento.
- 2Determinación de los criteriosSe establecen como criterios el marco de reporte aplicado (GRI, ESRS, IFRS S1/S2) y la metodología de cálculo propia de la organización.
- 3Evaluación de riesgos y materialidadSe identifican los indicadores con riesgo de incorrección; el umbral de materialidad y el alcance del muestreo se fijan en consecuencia.
- 4Examen de los controles internosSe examinan el proceso de recogida, los controles de cálculo y los mecanismos de aprobación; se prueba la trazabilidad del dato hasta su origen.
- 5Pruebas por indicadorEn los indicadores seleccionados se aplican recálculo, comprobación de documentos fuente y procedimientos analíticos.
- 6Tratamiento de los hallazgosLos errores detectados y las declaraciones sin soporte se comunican a la organización; el informe se corrige.
- 7Declaración de aseguramientoSe emite y publica en el informe una declaración de aseguramiento redactada conforme al nivel elegido.
Nivel de aseguramiento
Los encargos de aseguramiento se realizan en nivel limitado o razonable. En la práctica, la mayoría de los informes de sostenibilidad se publican con aseguramiento limitado, mientras la regulación prevé una transición gradual al razonable. El nivel se indica expresamente en la declaración y ambos niveles no son intercambiables.
Resultado y declaración
- Datos del proveedor de aseguramiento y del equipo
- Indicadores cubiertos por el aseguramiento y periodo
- Marco de reporte aplicado y criterios
- Norma de aseguramiento aplicada y nivel de aseguramiento
- Resumen de los procedimientos aplicados
- Delimitación de responsabilidades entre la organización y el proveedor de aseguramiento
- Conclusión de aseguramiento (declaración)
- Información excluida del alcance
Límites del resultado
La obligación del CBAM recae legalmente en el importador de la UE; el papel del exportador es suministrar los datos. La verificación demuestra que los datos suministrados se calcularon con el método que exige la normativa; no asume la obligación de declaración del importador. Además, las normas del CBAM y el calendario de aplicación entran en vigor de forma progresiva; los requisitos vigentes para su grupo de productos deben confirmarse con el texto actual.
Acreditación
Las actividades de verificación y validación de gases de efecto invernadero se acreditan conforme a ISO 14065; la verificación se realiza según ISO 14064-3 y la competencia del personal verificador la define ISO 14066. Los encargos de aseguramiento, en cambio, se rigen por normas como ISAE 3000 y no forman parte de la certificación acreditada. En ambos marcos la regla de imparcialidad es determinante: quien realiza el cálculo no puede verificarlo. EUROLAB cuenta con acreditación internacionalmente reconocida de organismos firmantes de los acuerdos ILAC e IAF; qué verificaciones pueden ofrecerse en alcance acreditado se confirma por escrito en la fase de oferta.
Alcance y habilitacionesVerificaciones relacionadas
Preguntas frecuentes
¿Es obligatorio el CBAM para mí?
La obligación legal recae en su importador de la UE. Sin embargo, el importador le solicitará los datos de emisiones incorporadas; si no los proporciona, se aplicarán valores por defecto que suelen ser superiores a su producción real, lo que incrementa el coste. Por tanto, en la práctica es un requisito para el exportador.
¿Es suficiente mi cálculo de huella de carbono corporativa para el CBAM?
No es suficiente. Un inventario corporativo (ISO 14064-1) es a nivel de organización; el CBAM, en cambio, exige emisiones incorporadas por producto y ruta de producción y define sus propias reglas de cálculo. Ambos cálculos se basan en límites y métodos diferentes.
¿Se deduce el precio del carbono que pagué en el país de origen?
La normativa permite tener en cuenta un precio del carbono efectivamente pagado en el país de origen, pero debe estar documentado. Un pago no documentado no se acepta como deducción.





